Artículo 1.4.1.7.3. Giros y Transferencias
Texto del artículo
«Los giros y transferencias de sumas de dinero se entienden comprendidos dentro de la exención establecida en el artículo 73 de la Ley 2ª de 1976 (hoy numeral 27 1421 del artículo 530 del Estatuto Tributario).»
Concordancias con el Estatuto Tributario
Normas de origen y compilación
- Artículo 30, Decreto 1222 de 1976