Artículo 1.3.1.7.10. Base Gravable en los Servicios

Texto del artículo

«La base gravable en la prestación de los servicios notariales estará conformada en cada operación por el valor total de la remuneración que reciba el responsable por la prestación del servicio.»

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 17, Decreto 2076 de 1992

Fuentes oficiales