Artículo 1.3.1.5.1. Determinación del Impuesto sobre las

Texto del artículo

«El impuesto sobre las ventas se determinará: a). En el caso de venta y prestación de servicios, por la diferencia entre el impuesto generado por las operaciones gravadas y los impuestos descontables legalmente autorizados. b). En la importación, aplicando en cada operación la tarifa del impuesto sobre la base gravable correspondiente. (Artículo 1o, Decreto 570 de 1984)»

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 1o, Decreto 570 de 1984
  • Decreto 570 de 1984 rige a partir del 1o de abril de 1984, salvo lo previsto en los artículos 31 y 32, con relación a los cuales rige a partir de la fecha de su expedición. Artículo 37, Decreto 570 de 1984

Fuentes oficiales