Artículo 1.2.4.5.2. Pruebas

Texto del artículo

«Las pruebas de que trata el artículo anterior deberán protocolizarse con la escritura respectiva, o conservarse en el respectivo expediente, según el caso.»

Normas de origen y compilación

  • Artículo 10, Decreto 2509 de 1985

Fuentes oficiales