Artículo 1.2.4.12. Retención en la Fuente en Pago a Través
Texto del artículo
«En el caso de pagos o abonos en cuenta por conceptos sometidos a retención en la fuente, que se efectúen a través de sociedades fiduciarias, la sociedad fiduciaria efectuará la retención teniendo en cuenta para ello los porcentajes y demás previsiones de que tratan las normas vigentes.»
Conceptos jurídicos clave
Normas de origen y compilación
- Artículo 13, Decreto 2509 de 1985