Artículo 1.2.1.5.4.7. Exclusiones de la Renta Presuntiva de los Contribuyentes de Que Tratan los Artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario
Texto del artículo
«<Artículo sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> De la presunción 158 establecida en el artículo 188 del Estatuto se excluyen los contribuyentes de que tratan los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, y 1.2.1.5.1.2. y 1.2.1.5.2.1. de este decreto, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 19-4 y en el numeral 1 del artículo 191 del Estatuto Tributario. En el caso de los sujetos de que trata el artículo 19 del Estatuto y 1.2.1.5.1.2. de este decreto, se requiere que estén calificados o hayan efectuado el proceso de permanencia en el Régimen Especial del impuesto sobre la renta y complementario. <Legislación Anterior> Texto original del Decreto 1625 de 2016: <Consultar texto vigente del Capítulo 5 hasta su modificación por el Decreto 2150 de 2017 en este vínculo>»
Concordancias con el Estatuto Tributario
- Artículo 19 — Contribuyentes del regimen tributario especial
- Artículo 191 — Exclusiones de la renta presuntiva
Conceptos jurídicos clave
- Obligación Tributaria Sustancial
- Hecho generador
- Sujeto pasivo
- Base gravable
- Impuesto sobre la Renta