Artículo 1.2.1.5.1.45. Procedimiento para la Exclusión de las Entidades del Régimen Especial

Texto del artículo

«<Artículo sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Una vez determinada la causal de exclusión en que incurran las entidades de que trata el artículo 1.2.1.5.1.2. de este decreto y de conformidad con los artículos 1.2.1.5.1.43. y 1.2.1.5.1.44. de este decreto, el funcionario competente procederá a expedir el acto administrativo que así lo decide y ordenará su clasificación en el Registro Único (RUT) como responsable del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementario. <Legislación Anterior> Texto original del Decreto 1625 de 2016: <Consultar texto vigente del Capítulo 5 hasta su modificación por el Decreto 2150 de 2017 en este vínculo>»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales

Jurisprudencia relevante