Artículo 1.2.1.28.4.9. Huso Horario
Texto del artículo
«<Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 2039 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El huso horario que se tendrá en cuenta para determinar la fecha de presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y de los pagos de que trata el artículo 1.2.1.28.4.5. del presente Decreto, por parte de los contribuyentes personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa -PES en Colombia, será la hora legal colombiana, la cual corresponde al Tiempo Universal Coordinado -UTC disminuido en 5 horas (UTC-5).»