Artículo 1.2.1.28.1.20. Documentos E Información Requerida para la Presentación de la Solicitud de Suscripción del Contrato de Estabilidad Tributaria

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 2 del Decreto 1157 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> Los documentos e información que deben acompañar la solicitud de suscripción de los contratos de estabilidad tributaria del contribuyente megainversionista para su procedencia, son: 1. Compromiso de pago de la prima de que trata el parágrafo 3 del artículo 235-4 del Estatuto Tributario. 2. Especificación de la normativa objeto del contrato de estabilidad tributaria, que para el caso del contribuyente megainversionista de que trata la presente Sección, corresponden únicamente a los numerales, literales y parágrafos de los artículos 235-3, y 235-4 del Estatuto Tributario. PARÁGRAFO. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo enviará a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas, los siguientes documentos: 1. Copia del concepto técnico por medio del cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo calificó el proyecto de inversión como megainversión. 2. Copia de los documentos y anexos previamente entregados para solicitar la calificación de la megainversión ante el Ministerio de Comercio, Industria y 676 Turismo, en virtud de los cuales se acredite el cumplimiento de los requisitos para la procedencia del contrato de estabilidad tributaria. 3. Copia de la descripción detallada y precisa de la actividad industrial, comercial y/o de servicios objeto de inversión, acompañada de los estudios de viabilidad, planos, estudios técnicos y plan de generación de empleos directos que el proyecto requiera o amerite. 4. Copia de la manifestación del contribuyente megainversionista sobre el origen lícito de los recursos con los cuales se pretende realizar las nuevas inversiones. 5. Manifestación del inversionista de no haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada o sancionado mediante acto administrativo en firme, en el territorio nacional o en el extranjero, en cualquier época, por conductas d corrupción que sean consideradas punibles por la legislación nacional; la cual se entenderá prestada bajo la gravedad del juramento.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales


Notas del Editor y Compilación

Antecedentes de Compilación

    • Tener en cuenta que los artículos 235-3 y 235-4 que por este artículo se reglamenta, fueron derogados el artículo 96 de la Ley 2277 de 2022, “por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”, publicada en el Diario Oficial No. 52.247 de 13 de diciembre de 2022. Establece el mismo artículo 96: “Los contribuyentes que hubieren acreditado las condiciones para acceder a las tarifas diferenciales y demás beneficios tributarios derogados o limitados mediante la presente ley, podrán disfrutar del respectivo tratamiento durante la totalidad del término otorgado en la legislación bajo la cual se consolidaron las respectivas situaciones jurídicas, en cuanto ello corresponda.”