Artículo 1.2.1.27.7. Conservación de los Soportes del Descuento del Artículo 258-1 del Estatuto Tributario

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1089 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el tratamiento de que trata el artículo 258-1 del Estatuto en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, 653 deberán conservar los recibos de pago, certificados, facturas de adquisición de los activos fijos reales productivos, declaraciones de importación y demás documentos necesarios para evidenciar el cumplimiento de los requisitos para la procedencia del respectivo tratamiento por el término señalado en el artículo 632 del Estatuto y artículo 46 de la Ley 962 de 2005.»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales