Artículo 1.2.1.26.22. Responsabilidad Solidaria del Adquirente

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1103 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> Conforme con lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 90-3 del Estatuto Tributario, el adquirente será responsable solidario cuando tenga conocimiento que la operación constituye abuso en materia tributaria. La responsabilidad solidaria de que trata el inciso 1 de este artículo comprende el impuesto, los intereses y las sanciones actualizadas. El abuso a que se refiere el inciso 1 de este artículo será reconocido según lo establecido en los artículos 869, 869-1 y 869-2 del Estatuto y la Resolución número 000004 del 7 de enero de 2020 o la que la modifique, adicione o sustituya.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales