Artículo 1.2.1.26.10. Tasa Representativa del Mercado Aplicable a las Enajenaciones Indirectas

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1103 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> Para efectos de la aplicación del artículo 90-3 del Estatuto Tributario, la tasa representativa del mercado (TRM), deberá determinarse según lo establecido en el artículo 288 del Estatuto y lo establecido en el artículo 1.1.3. de este Decreto.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales