Artículo 1.2.1.25.8. Reconocimiento del Ingreso Fiscal Proveniente del Pasivo por Ingreso Diferido

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 2235 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> A partir de la etapa de operación y mantenimiento y hasta la terminación del contrato de concesión o Asociación Público Privadas (APP), el pasivo por ingreso diferido de que trata el artículo 1.2.1.25.7. de este Capítulo se reversará y reconocerá como ingreso fiscal en línea recta en iguales proporciones durante el plazo de la concesión o Asociación Público Privadas (APP).»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales