Artículo 1.2.1.19.6. Periodo Improductivo
Texto del artículo
«En las empresas industriales de transformación, de hotelería y de minería, se considera como periodo improductivo el comprendido por las siguientes etapas: a) Prospectación; b) Construcción, instalación y montaje; c) Ensayos y puesta en marcha. En la industria de construcción y venta de inmuebles se considera como periodo improductivo el comprendido por las etapas de: a) Prospectación; b) Construcción.»
Normas de origen y compilación
- Artículo 1o, Decreto 4123 de 2005